Como sabemos, la tarjeta de credito es un documento que le permita a su titular o usuario, disponiendo de un crédito del emisor, adquirir bienes o servicios en establecimientos afiliados al correspondiente sistema.
Consiste en una tarjeta de plástico con una cinta magnética en la que se almacena información del propietario, que puede emplearse como medio de pago o como instrumento de crédito.Las tarjetas de crédito son intransferibles y deben emitirse a nombre de su titular.
Es importante saber como elegir una tarjeta de credito, ya que su uso está sujeto a distintas tarifas, sea por concepto de comisiones cuando se usa como medio de pago, o de intereses en el caso que dé lugar a una operación de crédito.
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) publicó la Circular Nº 3.309 Bancos en la que se refiere a la Ley N° 20.009 que limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas.
Allí se indica que de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 1°, los emisores de tarjetas de crédito deberán mantener a disposición de los titulares de éstas, servicios permanentes y gratuitos de comunicación, que permitan recibir y registrar los avisos de extravío, hurto o robo de tarjetas que aquellos les envíen y proceder a su inmediato bloqueo.
Agrega dicho artículo que los emisores deberán entregar a los respectivos titulares un número o código de recepción del aviso y la fecha y hora en que fue recibido.
Además su artículo 3° señala que las cláusulas de los contratos que establezcan el deber de prueba del tarjetahabiente por operaciones realizadas con posterioridad al aviso o noticia al emisor sobre el extravío, hurto o robo, se tendrán por no escritas.
Por lo anterior, si a usted le ocurre una de esas situaciones debe ponerse en contacto con el banco que emitió la tarjeta, con el fin de hacer las notificaciones correspondientes.