Las tarjetas de crédito no bancarias, son aquellas conocidas como tarjetas de casas comerciales. Son documentos que, respaldados por los correspondientes contratos, permiten disponer de un crédito otorgado por una institución financiera para ser usado como medio de pago en la compra de bienes o servicios en comercios que tengan habilitado este sistema.
La tarjeta de plástico es la herramienta que permite disponer del crédito, por tal motivo, contiene elementos de seguridad destinados a resguardar al titular de posibles fraudes. A continuación todo lo que hay que saber acerca de las tarjetas de crédito no bancarias.
Costos de la tarjeta
A la hora de elegir una tarjeta de crédito, lo primero que solemos mirar son los costos, y los beneficios que ofrece. En el caso de las Tarjetas de Crédito No bancarias, no de los principales costos asociados a las tarjetas de crédito de casas comerciales es la comisión de mantención o administración, que generalmente es cobrada sólo si existe un saldo por pagar y/o se han realizado transacciones en el periodo.
Además, la mayoría de las casas comerciales aplican comisiones por los distintos tipos de operaciones que se pueden realizar con ella, como por ejemplo, compras en cuota, compras en comercio asociado y avances en efectivo, las que en su mayoría son imputadas a un Tope Máximo de Comisión Anual por Mantención, salvo las relacionadas con los avances en efectivo, en el caso de algunas casas comerciales.
Los planes de comisiones deben ser informados por escrito, al menos, con dos meses de anticipación a la fecha en que se aplicará la nueva modalidad de cobro de tarifas, y su vigencia es de mínimo un semestre. Asimismo, las casas comerciales deben informar a sus clientes a través del Estado de Cuenta, los movimientos que se hayan realizado y sus correspondientes cobros.
Estado de cuenta
Los Estados de Cuenta de tarjetas de crédito de casas comerciales deben informar al menos:
- a) Nombre del titular y número de identificación de la tarjeta.
- b) Fecha del estado.
- c) Fecha de vencimiento y monto mínimo de pago.
- d) Detalle de las compras o usos de servicios, registrados en el período informado, que indique el nombre del establecimiento, la fecha y el monto.
- e) Avances otorgados (fecha y monto).
- f) Intereses (tasa, monto y período sobre el que se aplican).
- g) Otros cargos (concepto y monto).
- h) Pagos efectuados por el titular (fecha y monto).
- i) Saldo adeudado a la fecha y monto disponible.
- j) Tasa de interés que rige para el período siguiente.
Robo u Extravío
En caso de pérdida, hurto o robo de la tarjeta de crédito no bancaria, lo primero a hacer es comunicarse inmediatamente con la casa comercial. Todas las instituciones tienen habilitadas plataformas para recibir este tipo de avisos. Una vez atendido, la casa comercial debe proporcionarle el código de bloqueo, señalando fecha y hora del mismo. Con esta acción, usted queda protegido de cualquier cargo realizado de manera posterior al aviso.